Skip to main content

Boletín Jurídico No. 9

Entérate

Califica este contenido

boletin juricos CCC abril 2023
Ten en cuenta estas recomendaciones al momento de solicitar el registro de los actos y documentos ante la Cámara de Comercio:

Evita la sanción por extemporaneidad en el pago del impuesto de registro

En virtud de lo dispuesto en la Ley 223 de 1995, el Decreto 650 de 1996 y las Ordenanzas Departamentales Nos. 474 de 2017 y 573 de 2021, la Cámara de Comercio de Cali liquida y recauda el impuesto de registro a favor del Departamento del Valle del Cauca, por la inscripción de actos, contratos o negocios jurídicos documentales en los cuales sean parte o beneficiarios los particulares.

Cuando en las disposiciones legales vigentes no se señalen términos específicos para la inscripción de los actos, contratos o negocios jurídicos, la solicitud de inscripción deberá formularse a partir de la fecha de su otorgamiento o expedición, de acuerdo con las siguientes reglas:

  • Dentro de los dos (2) meses siguientes, si han sido otorgados o expedidos en el país.
  • Dentro de los tres (3) meses siguientes, si han sido otorgados o expedidos en el exterior.

Radica tus trámites oportunamente y evita la sanción por extemporaneidad en el impuesto de registro.

Registro Mercantil

Conoce el control de legalidad que la Cámara de Comercio realiza a las actas de reuniones por derecho propio

Conforme con lo establecido en los artículos 422 y 429 del Código de Comercio, para que se lleve a cabo una reunión por derecho propio es necesario cumplir con los siguientes presupuestos:

boletin juricos CCC abril 2023

  • Que no se haya convocado la reunión ordinaria de Asamblea de Accionistas o Junta de Socios. Se entiende que no hay convocatoria cuando esta no se haya efectuado o cuando la citación se haya realizado con omisión de alguno de los requisitos en cuanto a medio, antelación o persona facultada para realizarla.
  • Que se lleve a cabo el primer día hábil del mes de abril del respectivo año.
  • Que se celebre a las 10:00 a.m.
  • Que se realice en las oficinas del domicilio principal donde funciona la administración de la sociedad.
  • Que cuente con un número plural de accionistas para deliberar y decidir, sin importar el número de acciones o cuotas sociales representadas. Las decisiones podrán tomarse con el voto favorable de por lo menos la mitad más una de tales acciones o cuotas sociales representadas, a no ser que se trate de decisiones para las cuales la ley o los estatutos exijan una mayoría especial, caso en el cual deberán tomarse con dicha mayoría.
  • En las sociedades por acciones simplificadas el quórum para las reuniones por derecho propio se podrá conformar con un número de accionistas que no tiene que ser plural y cualquiera sea la cantidad de acciones que represente.
  • Para el caso de las reuniones por derecho propio se requiere imperativamente la presencialidad de los asistentes, por lo que no podrá contemplarse su celebración mediante mecanismos de no presencialidad o mixtos.

Si estás matriculado como comerciante persona natural y desarrollas actividades exclusivamente no mercantiles, esta información te interesa:

  • Si la persona natural comerciante, es decir, aquella que tiene por lo menos una actividad mercantil, solicita excluir las actividades mercantiles que tiene registradas en su matrícula o la de su establecimiento de comercio, la Cámara de Comercio no puede proceder con la solicitud ya que en ese caso la persona pierde la calidad de comerciante y por ello, deberá solicitar la cancelación de la matrícula mercantil.
  • Aquellas personas naturales que se encuentran actualmente matriculadas con actividades exclusivamente no mercantiles, deben solicitar la cancelación de su matrícula. Solo en caso de desarrollar alguna actividad mercantil, podrá adicionarla y modificar los demás datos que requiera de su registro.

Aspectos adicionales del Registro Mercantil

  • La sigla en la constitución o en el cambio de nombre de las sociedades por acciones simplificadas debe contener el tipo societario.
  • Cuando una sociedad se encuentre disuelta y en liquidación, no procede la inscripción del nombramiento de representante legal sino de liquidador.
  • No se inscriben actas de nombramientos de liquidador con fechas anteriores, ni posteriores a la liquidación.
  • Las copias de las actas correspondientes a nombramientos, a pesar de que estén protocolizadas, requerirán la autorización por parte del representante legal o secretario.
  • La firma del formulario de solicitud de renovación de años anteriores a su fallecimiento o del formato de cancelación de la matrícula de la persona natural fallecida, la debe realizar el cónyuge supérstite o cualquiera de los herederos que acrediten la calidad con copia del registro civil de matrimonio o del registro civil de nacimiento, adjuntando además copia del registro civil de defunción del comerciante.

Consulta estas publicaciones de interés para tu empresa…

Libro de pronunciamientos administrativos VI – Superintendencia de Sociedades.

En esta publicación se exponen las decisiones administrativas de la Supersociedades más relevantes del año 2022, que sirven para retroalimentar a los empresarios en el cumplimiento normativo y en la divulgación de buenas prácticas.

Descargar


Circular sobre emisión del concepto sanitario de establecimientos de comercio.

Mediante esta circular dirigida a los propietarios de establecimientos de comercio ubicados en Cali, la Alcaldía de Santiago de Cali da a conocer los aspectos generales sobre la emisión del concepto sanitario de establecimientos comerciales.

Descargar

¿Cómo te pareció el contenido?
Cuéntanos que otros temas te gustaría ver

Sin comentarios

Parece que todavía no tienes favoritos.
¡Agrégalos ahora y ten una experiencia a tu medida!