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Garantías para la recuperación empresarial

Acompañamiento Jurídico

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Por Luisa Fernanda Cadavid
Directora de Fortalecimiento Empresarial.

El 2020 fue un año sin precedentes. Desde diferentes entidades de apoyo al empresariado, de origen público y privado, se volcaron los esfuerzos por ofrecer alivios tributarios, beneficios económicos, ofertas de formación virtual, entre otros tantos recursos. Hoy por hoy, en el balance de la recuperación, hay sectores que han logrado retornar a sus actividades, algunos han logrado parcialmente recuperarse y otros operar bajo las restricciones sanitarias. En todos, las microempresas han sido las más afectadas.

Siendo el 95% del tejido empresarial y responsables del 50% del empleo1, el motor más grande del país se estaba quedando sin combustible. Según datos del estudio realizado por la Corporación Interactuar, el 62% de estas empresas se quedaron sin efectivo para financiar sus actividades y en un 53% de ellas las ventas disminuyeron en más del 50%2. Aunado a esto, aún experimentan dificultades para acceder al crédito formal, alejándolas de las posibilidades de contar con capital importante para su crecimiento y, ahora, para su recuperación. Las principales razones se relacionan con los reportes negativos en centrales de riesgo, la falta de historial crediticio y la ausencia de garantías.

Sin embargo, siempre hay una luz en medio del camino. La ley 1676 de 2013, es un recurso normativo poco conocido y que puede ofrecer beneficios importantes a los propietarios, personas naturales o jurídicas, que busquen alternativas de acceso al crédito. Esta ley, además de estimular el acceso al crédito, regula las disposiciones sobre garantías mobiliarias, un mecanismo por medio del cual las empresas (de cualquier tamaño y actividad económica) a nivel nacional, pueden acceder al crédito garantizando su pago con activos mobiliarios, bienes sobre los cuales el deudor tenga pleno derecho para disponer al momento de saldar sus obligaciones. Estos bienes pueden ser corporales como vehículos automotores, maquinaria, productos agropecuarios como cosechas y ganado, inventarios e incorporales como marcas o, derechos o acciones. En este sentido, el tendero del barrio puede ofrecer los productos que tiene en su inventario como prenda para obtener un crédito; o la propietaria de un taller de calzado puede poner su máquina de prensado como garantía de pago de su obligación.

Así como el empresario encuentra una alternativa para obtener recursos que financien sus actividades, los acreedores se benefician de un proceso ágil, transparente y que les ofrece más seguridad en el pago de las obligaciones contraídas por el deudor. De manera intrínseca, acceder las garantías mobiliarias es crear una cultura de respeto por el pago de las obligaciones, en otras palabras “honrar las obligaciones”3, evitando la pérdida del bien o recurso que hace posible el desarrollo de las actividades de la empresa.

Oswaldo, actuaba como socio en una empresa fabricante de insumos para perfumería, en la cual participaba con el 5% de los derechos. Al final del 2020, debía saldar una deuda que se acercaba a los $ 150.000.000. Desafortunadamente, su situación económica (como la de otros muchos en esta coyuntura) no le permitió cumplir con la obligación ante sus acreedores. De este modo, se inició un proceso de ejecución especial de la garantía mobiliaria, haciendo efectiva la apropiación de la prenda en garantía para el pago de su deuda: sus derechos de participación como socio.

En estos momentos, las garantías mobiliarias pueden ser un recurso de gran utilidad para saldar las deudas que ha dejado el proceso de reinvención y reactivación de muchas empresas ante la coyuntura, a la vez que actúa como un mecanismo útil para la apertura de la historia crediticia y se fomenta en el empresario el hábito hacia el cumplimiento de sus obligaciones.

Las entidades que se encuentran habilitadas para la prestación de este servicio son las notarías y cámaras de comercio.


1 Cierre a 2019. Fuente: Reporte demanda de los productos financieros en micronegocios colombianos.

2 Fuente: – Microempresas, las más afectadas por la pandemia. Disponible aquí

3 Walteros, Nathalia. (2016). Las ventajas de las garantías mobiliarias.



Referencias

  • Walteros, Nathalia. (2016). Las ventajas de las garantías mobiliarias. Disponible aquí
  • Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. Garantías mobiliarias. Disponible aquí
  • Cámara de Comercio de Cali. Garantías Mobiliarias. Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición. Disponible aquí
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