Hay preguntas que se formulan muchos empresarios y dueños de negocios en casos específicos como la venta de su establecimiento o la realización de trámites cuando el propietario no está en el país. Aquí te respondemos.
Fortalecer las habilidades de los empresarios y promover la formalización es un trabajo muy importante que hace la Cámara de Comercio de Cali para que los empresarios de la región apuesten por seguir creciendo.
Y quizás la pregunta más frecuente entre los interesados en formalizar su empresa ante la entidad es: ¿cómo hago el trámite de registro? “A ellos les digo: lo pueden hacer de forma presencial en cualquiera de nuestras sedes, también de manera virtual por nuestra página web y por medio de los WhatsApp que tenemos los brigadistas de formalización”, explica Rodolfo Saa, jefe de Formalización de la CCC.
Seleccionamos algunas de las preguntas frecuentes que se hacen todos los emprendedores que quieren ver crecer su negocio:
¿Qué pasa si no sé si me conviene registrarme como persona natural o jurídica?
Esto depende de la necesidad y la proyección que tengas con tu negocio, pues las personas jurídicas asumen obligaciones que usualmente no tienen las personas naturales, como emitir factura electrónica y llevar contabilidad. Para tomar la mejor decisión el equipo de Formalización de la CCC te guiará en todo el proceso.
¿Qué pasa después de realizar mi registro ante la CCC?
Después de realizar tu registro en la CCC debes cumplir con los requisitos para el funcionamiento del establecimiento de comercio, los cuales están señalados en el Código de Convivencia Ciudadana que puedes consultar en la página web de la CCC. Así mismo, cada año debes realizar la renovación de tu matrícula mercantil antes del 31 de marzo.
¿Qué pasa si decido cerrar mi negocio?
Al cerrar tu negocio también tienes que cancelar tu registro mercantil y pedir paz y salvo ante la DIAN por todo concepto, cerrando allí también tus actividades.
¿Qué pasa si decido vender mi establecimiento de comercio a un tercero?
La venta se debe hacer a través de un traspaso en el que ambas partes deben estar presencialmente (si no están presencialmente, deben autenticar). Al momento de realizar el traspaso lo ideal es que el establecimiento de comercio esté al día en renovación y el comprador debe registrarse en la CCC como persona natural o jurídica.
Cuando el vendedor y el comprador son personas naturales, no responsables de IVA, se debe hacer el pago del 1% sobre el valor de la venta o donación a la Dian mediante el formulario 490 (este pago se hace en un banco y se debe presentar copia del RUT del vendedor). Luego se debe diligenciar el formato de traspaso en la CCC indicando el valor de la venta o donación.
En este formulario se puede cambiar el nombre del establecimiento y si el vendedor es persona natural se puede tomar la decisión de que se cancele como comerciante al momento de quedar efectivo el traspaso.
¿Qué pasa si el dueño del negocio no está en el país y se necesita realizar un trámite ante la CCC?
Para estas situaciones, el representante legal del establecimiento o el negocio debe otorgar un poder notarial o un documento idóneo, si está en el exterior debe estar apostillado, a nombre del encargado del trámite para que lo represente ante la entidad.