Fortalecer las habilidades de los empresarios y promover la formalización es un trabajo muy importante que hace la Cámara de Comercio de Cali (CCC) para apostarle juntos a su crecimiento.
Una de las preguntas más frecuentes entre los interesados en formalizar su empresa ante la entidad es: ¿quiénes deben formalizar su negocio y cuáles son esos requisitos para empezar? Para ayudarte a resolver esta y más inquietudes que pueden presentarse en tu proceso de hacer empresa, seleccionamos algunas de las preguntas más recurrentes sobre este tema.
¿Quiénes deben formalizar su negocio y cuáles son esos requisitos para empezar?
Basado en el artículo 87 de la Ley 1801 del 29 de Julio 2016 – Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, se aplica a los 3 grandes grupos de actividades que son: Servicios, comercio y manufactura. Todo establecimiento de comercio abierto o no al público, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Uso de suelo
- Registro en la Cámara de Comercio correspondiente
- Certificado de seguridad (Bomberos)
- Concepto sanitario (Visita de Secretaría de Salud)
- Derechos de autor
El RUT se obtiene a través de la Cámara de Comercio de la jurisdicción correspondiente, para todas las personas jurídicas al iniciar y en registro de persona natural que nunca lo ha solicitado. Cuando ya se ha obtenido, se debe actualizar directamente con la DIAN.
Debes tener en cuenta la carga impositiva con la Alcaldía del municipio correspondiente y la DIAN según sea el caso.
¿Cómo hago el trámite de registro?
Lo pueden hacer de forma presencial en cualquiera de nuestras sedes, también de manera virtual por nuestra página web y por medio de los brigadistas de formalización, quienes podemos acompañarlos en este proceso”, explica Rodolfo Saa, jefe de Formalización de la CCC.
¿Cómo saber si me conviene registrarme como persona natural o jurídica?
Esto depende de la necesidad y la proyección que tengas con tu negocio, pues las personas jurídicas asumen obligaciones que usualmente no tienen las personas naturales No responsables de ventas, como emitir factura electrónica y llevar contabilidad bajo NIIF. Para tomar la mejor decisión el equipo de Formalización de la CCC puede guiarte en todo el proceso.
¿Qué pasa después de realizar mi registro ante la cámara de comercio?
Después de realizar tu registro en la Cámara de Comercio de Cali debes cumplir con los requisitos para el funcionamiento del establecimiento de comercio, los cuales están señalados en el Código de Convivencia Ciudadana que puedes consultar en la página web de la CCC. Así mismo, cada año debes realizar la renovación de tu matrícula mercantil antes del 31 de marzo.
¿Qué pasa si decido cerrar mi negocio?
Al cerrar tu negocio, también tienes que cancelar tu registro mercantil y llevar el certificado de cancelación ante la DIAN e Industria y Comercio de la Alcaldia del municipio correspondiente para de esta manera, cerrar el ciclo empresarial en estos dos entes.
¿Qué pasa si decido vender mi establecimiento de comercio a un tercero?
La venta se debe hacer a través de un traspaso en el que ambas partes deben estar presencialmente (si no están presencialmente, deben autenticar). Al momento de realizar el traspaso lo ideal es que el establecimiento de comercio esté al día en renovación y el comprador debe registrarse en la Cámara de Comercio de Cali (CCC) como persona natural o jurídica.
Cuando el vendedor y el comprador son personas naturales, no responsables de IVA, se debe hacer el pago del 1% sobre el valor de la venta o donación a la DIAN mediante el formulario 490 (este pago se hace en un banco y se debe presentar copia del RUT del vendedor). Luego se debe diligenciar el formato de traspaso en la CCC indicando el valor de la venta o donación.
En este formulario se puede cambiar el nombre del establecimiento y si el vendedor es persona natural se puede tomar la decisión de que se cancele como comerciante al momento de quedar efectivo el traspaso.
¿Qué pasa si el dueño del negocio no está en el país y necesita realizar un trámite ante la CCC?
Para estas situaciones, el representante legal del establecimiento o el negocio debe otorgar un poder notarial o un documento idóneo, si está en el exterior debe estar apostillado, a nombre del encargado del trámite para que lo represente ante la entidad.