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Nuevo Estatuto Tributario de Cali: ¿qué cambia para tu empresa?

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Nuevo Estatuto Tributario de Cali

El Acuerdo 0643 de 2026 actualiza las reglas tributarias de Cali y trae cambios que pueden impactar la gestión de tu empresa. Conoce qué cambia en cuanto al ICA, el impuesto predial, las estampillas, las sanciones y el mecanismo de Obras por Impuestos, y qué aspectos debes revisar para tener una adecuada planeación tributaria.

¿Cuál es el nuevo Estatuto Tributario de Cali?

El Acuerdo 0643 de 2026 estableció el nuevo Estatuto Tributario del Distrito de Santiago de Cali y reúne las principales reglas que deben tener en cuenta empresas y contribuyentes frente a los impuestos distritales.

El Estatuto regula tributos como el Impuesto Predial Unificado (IPU), el Impuesto de Industria y Comercio (ICA), el impuesto de avisos y tableros, las estampillas y diferentes tasas y contribuciones. También define las reglas para declarar y pagar, solicitar devoluciones, atender procesos tributarios y cumplir otras obligaciones frente al Distrito.

¿Qué significa para tu empresa? Que tienes un nuevo marco de referencia para revisar cómo estás manejando tus impuestos en Cali y determinar si alguno de los cambios modifica la forma en que declaras, pagas o gestionas tus obligaciones.

¿A qué empresas aplica el Estatuto Tributario de Cali?

El Estatuto aplica a las personas y empresas que, por las actividades que realizan, los bienes que tienen o las operaciones que desarrollan, generan obligaciones tributarias en Cali.

También contempla situaciones particulares para consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos, de acuerdo con las obligaciones que correspondan en cada caso.

La revisión puede ser especialmente útil para tu empresa si:

  • Desarrollas actividades comerciales, industriales o de servicios en Cali.
  • Tienes establecimientos, oficinas, bodegas u otros inmuebles en la ciudad.
  • Realizas contratos o trámites sujetos a tributos distritales.
  • Tienes declaraciones, pagos o procesos tributarios ante la Administración Distrital.
  • Participas en operaciones mediante consorcios, uniones temporales o patrimonios autónomos.
Cambios del Estatuto Tributario de Cali

5 cambios del Estatuto Tributario de Cali que debes conocer

1. Nuevas reglas sobre estampillas: más de 60 trámites distritales ya son gratuitos

Con la entrada en vigor del Estatuto, más de 60 trámites distritales ya no tienen el cobro de las estampillas municipales Prodesarrollo y Procultura, según informó la Alcaldía de Cali el 8 de septiembre de 2026.

Para tu empresa, esto representa ahorros en determinadas diligencias ante la Administración Distrital. Entre los trámites beneficiados están:

  • Certificados de nomenclatura.
  • Líneas de demarcación.
  • Certificados de estratificación socioeconómica.
  • Certificados y constancias expedidos por funcionarios y servidores públicos distritales.

Ten en cuenta: la medida aplica a las estampillas de carácter municipal asociadas a los trámites del Distrito. Las estampillas de carácter departamental que continúen vigentes mantienen su aplicación normal.

¿Qué debes hacer?

Si tu empresa realiza trámites ante la Administración Distrital que antes generaban el pago de estampillas municipales, verifica si están dentro de los beneficiados por la eliminación de este cobro.

2. Cambios en el ICA: ¿qué debes tener en cuenta?

El Acuerdo 0643 reúne las reglas relacionadas con el Impuesto de Industria y Comercio (ICA):

  • Las actividades gravadas.
  • Quiénes deben pagarlo.
  • La base gravable.
  • Las tarifas.
  • La territorialidad.
  • Las obligaciones asociadas.

También establece reglas para las empresas que hacen parte del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE). En estos casos, el componente del ICA se declara y paga dentro del impuesto unificado ante el Gobierno Nacional, mientras que el Distrito conserva las funciones relacionadas con la administración, fiscalización, determinación y cobro del componente que le corresponde.

¿Qué debes hacer?

Con tu equipo contable, revisa qué actividades reportas para efectos del ICA, dónde las realizas y cómo estás determinando el impuesto.

Si perteneces al SIMPLE, verifica además cómo estás manejando el componente del ICA dentro de este régimen.

Aplicación del Estatuto Tributario de Cali

3. Tarifas diferenciales y nuevas reglas del impuesto predial

El Estatuto establece tarifas diferenciales para el Impuesto Predial Unificado (IPU), que se aplican según la categoría, el rango y el uso de cada predio.

Para los inmuebles de empresas, la destinación del predio es uno de los aspectos que determina la tarifa aplicable. Por ejemplo, el Estatuto establece estas tarifas para algunas categorías:

  • Industrias: 14,5 por mil.
  • Comercial: 14,8 por mil.
  • Hoteles y similares: 14,5 por mil.
  • Moteles, amoblados, apartahoteles y residencias: 18,0 por mil.

También debes considerar el avalúo catastral, que sirve como base para determinar el impuesto, además de la información catastral y las características de cada inmueble.

¿Qué debes hacer?

Si tu empresa tiene locales, oficinas, bodegas, terrenos u otros inmuebles en Cali, verifica:

  • La identificación del predio.
  • El avalúo catastral y la base sobre la que se determina el impuesto.
  • La destinación o uso registrado.
  • La tarifa que corresponde a esa categoría.
  • El valor que deberás contemplar en el presupuesto de la empresa.

Con esta información podrás anticipar el impacto del impuesto predial en las finanzas de tu negocio, especialmente para la planeación tributaria de 2027.

4. Obras por Impuestos: puedes destinar hasta el 50% de tu obligación tributaria

El nuevo Estatuto incorpora el mecanismo de Obras por Impuestos, mediante el cual los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado (IPU) y del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) pueden destinar hasta el 50% de su obligación tributaria a la ejecución de proyectos.

Según el Concejo de Cali, esta alternativa permite orientar parte de los recursos destinados a estos impuestos hacia proyectos de importancia para la ciudad, de acuerdo con las condiciones establecidas para el mecanismo.

Por ejemplo, si una empresa tiene una obligación tributaria de $100 millones podría destinar hasta $50 millones a la ejecución de proyectos. Los $50 millones restantes deben ser pagados por las vías ordinarias.

El porcentaje es un límite máximo, por lo que no significa que todas las empresas deban destinar necesariamente la mitad de su obligación.

El Estatuto también contempla la posibilidad de realizar aportes voluntarios provenientes del IPU y el ICA para fortalecer proyectos de seguridad en Cali, de acuerdo con lo informado por el Concejo.

¿Qué debes hacer?

Si tu empresa es contribuyente del ICA o tiene obligaciones por IPU, conoce las condiciones para acceder a Obras por Impuestos, los proyectos habilitados y los requisitos de participación. Así podrás determinar si el mecanismo puede incorporarse a tu planeación tributaria.

5. Reducciones temporales para algunas sanciones tributarias

El Acuerdo 0643 establece una sanción mínima de 5 UVT, salvo las excepciones previstas en la norma. También modifica la sanción por no declarar ICA, que pasa del 20% al 5% de las consignaciones bancarias o ingresos brutos determinados para el período, o al 5 % de los ingresos brutos de la última declaración de ICA presentada, tomando la base que resulte mayor.

Además, durante 2026 existe una oportunidad para reducir algunas sanciones. El Artículo 307 permite pagar un porcentaje reducido de las sanciones por extemporaneidad, corrección e inexactitud, siempre que se cumplan las condiciones establecidas:

Fechas Porcentaje de la sanción que se paga
Hasta el 30 de septiembre de 2026 20%
Entre el 1 y el 31 de octubre de 2026 50%
Entre el 1 y el 30 de noviembre de 2026 75%

Por ejemplo, una sanción de $10 millones podría quedar en $2 millones si cumple las condiciones para acogerse al primer plazo; en $5 millones para el segundo, o en $7,5 millones para el tercero.

El beneficio exige, entre otras condiciones, presentar o corregir la declaración cuando corresponda y pagar el impuesto, los intereses y la sanción reducida dentro del plazo establecido.

¿Qué debes hacer?

Si tu empresa tiene declaraciones extemporáneas, correcciones pendientes o sanciones por inexactitud, revisa cuanto antes si puedes acceder a esta reducción.

Ten en cuenta: la reducción temporal aplica a las sanciones expresamente señaladas en el Artículo 307. La sanción por no declarar ICA tiene una regla específica de reducción en el Artículo 306.

¿Desde cuándo aplican los cambios del nuevo Estatuto Tributario de Cali?

El Acuerdo 0643 de 2026 rige desde el 12 de agosto de 2026, fecha de su publicación. Sin embargo, la aplicación de cada disposición depende del impuesto, la obligación o el procedimiento del que se trate.

Los procesos que ya estaban en curso cuando entró en vigencia el Estatuto tienen reglas de transición. Además, en los tributos de período deben considerarse las reglas constitucionales de vigencia, por lo que un cambio en una tarifa o en la forma de determinar un impuesto puede tener una fecha de aplicación diferente.

¿Qué debes hacer?

Si vas a presentar, corregir o revisar una declaración, liquidación o actuación tributaria correspondiente a un período anterior, verifica primero qué norma y qué reglas de transición aplican a tu caso. Así podrás determinar si corresponde aplicar el Estatuto anterior o las nuevas disposiciones.

La aplicación del nuevo Estatuto requiere revisar cada impuesto, procedimiento o beneficio según la situación particular de tu empresa.

Empieza por tus obligaciones actuales: identifica los tributos que tienes en Cali, verifica si existen declaraciones o procesos pendientes y actualiza tus proyecciones tributarias para 2027.

Mantente al día con los cambios que impactan tu empresa

Las normas tributarias pueden cambiar fechas, procedimientos, tarifas y condiciones que hacen parte de la gestión diaria de tu empresa. En CRECER encuentras contenidos, herramientas y recursos para entender estos cambios y gestionar tu negocio con información actualizada.

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